12/04/2022 – Hace pocas semanas, la Asociación Civil de Productores Agrícolas y Ganaderos del Norte (Apronor) presentó una acción declarativa de certeza para frenar el cobro de derechos de exportación a los granos por parte del Gobierno Nacional por considerarlos inconstitucionales. Ahora, el juzgado Federal N° 2 de San Miguel de Tucumán emitió el primer decreto haciendo lugar a la presentación de la acción. El factor que respalda los reclamos del campo es que el 31 de diciembre de 2021 venció el plazo fijado en el art. 52 de la Ley de Emergencia Pública dictada en diciembre de 2019 (Ley 27.541), que permite al Presidente de la Nación fijar derechos de exportación.
Ante el vencimiento de ese plazo, el Gobierno incluyó en el proyecto de ley de presupuesto para el año 2022 una prórroga por dos años de esa facultad, pero ese proyecto fue rechazado en el Congreso de la Nación. Por lo tanto, la legislación que habilitaba al Poder Ejecutivo a fijar retenciones ha concluido.
Amparados en ese hecho, desde la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Sociedad Rural de Jesús María (SRJM), con el apoyo otras entidades rurales. ya habían presentado hace un mes un recurso de amparo en los Tribunales Federales de Córdoba para frenar el cobro de las retenciones a los granos y subproductos a partir del 1° de enero de este año hasta que el Congreso fije la nueva modalidad.
En el interín, el Gobierno aumentó los derechos de exportación para las harinas y aceite de soja de 31 a 33 por ciento, y los del biodiesel de 29 a 30 por ciento.
Desde Apronor ahora buscan lograr un pronunciamiento sobre la presunta ilegalidad del cobro de las retenciones y sobre el último incremento de las alícuotas. “Si conseguimos eso, después avanzaremos con un amparo y un recurso de repetición en AFIP para que se devuelva lo retenido desde el 1° de enero de 2022″, explicó Roberto Palomo, vicepresidente de Apronor.
Clarín Rural