12/01/2022 – La oposición, gran parte del radicalismo, busca que esta facultad retorne al Congreso.
En el marco de las discusiones sobre si las retenciones son inconstitucionales o no, ya que venció la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que establecía topes; un sector de la oposición presentó un proyecto para quitar la facultad de establecer derechos de exportación.
En este sentido, legisladores radicales buscan que esta facultad retorne al Congreso. “El Poder Ejecutivo no puede tomar como propia la facultad de establecer derechos de importación y exportación”, sostuvo Ricardo Buryaile, diputado por Formosa de Juntos por el Cambio.
El proyecto plantea la modificación del artículo 755 del Código Aduanero. Además, la iniciativa dispone que se deberá enviar junto con el Presupuesto nacional la totalidad de las posiciones arancelarias que pretenda imponer en el ejercicio.
“El Código Aduanero que se dictó en 1981 durante el gobierno de facto, es anterior a la sanción de la Constitución de la reforma del 94. Por ello, advertimos que los artículos 664 y 756 del Código Aduanero deberían ser derogados, ya que la Carta Magna ha impuesto al Congreso la facultad de legislar sobre materia aduanera y así establecer los derechos de importación y exportación”, comentó Buryaile.
También se propone derogar el artículo 644 del código aduanero, por ser lo dispuesto una atribución del Congreso; como así también propone modificar el artículo 26 de la ley 24.156 ofrece una nueva redacción en concordancia con el texto propuesto para el artículo 755 del Código Aduanero. “La misma Constitución prevé que se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en determinadas materias de administración o emergencia pública, con el correspondiente aval del Poder Legislativo quién establece las bases y plazos de la delegación”, explicó el diputado.
Por último, Buryaile dijo que la Corte Suprema expresó categóricamente que los principios y preceptos constitucionales prohíben a otro poder que no sea el Poder Legislativo, el establecimiento de impuestos, tasas y contribuciones. “Esta doctrina surge del fallo ‘Camaronera Patagónica SA S/Amparo c/Ministerio de Economía de la Nación’, en 2014”, concluyó.
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